México retrocede en derechos fundamentales, alerta Gutiérrez Yáñez
BOLETIN DE PRENSA

México
1 de julio de 2025
*Luego de las reformas a la Ley de Telecomunicaciones y Radiodifusión
Por Redacción
En México se abrió la puerta a posibles vulneraciones de las libertades individuales, la privacidad y la seguridad jurídica de la ciudadanía, luego de que legisladores aprobaron la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, reveló este 1 de julio de 2025 el activista de derechos humanos Víctor Hugo Gutiérrez Yáñez.
Cabe señalar que este martes 1 de julio, con la emisión de 369 votos a favor, 104 en contra y tres abstenciones, el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó, en lo general, la minuta con proyecto de decreto que expide la Ley en Materia de Telecomunicaciones y Radiodifusión, y abroga la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión publicada en el Diario Oficial de la Federación el 14 de julio de 2014.
«Nos unimos al pronunciamiento de ARTICLE 19 México y Centroamérica, que ha advertido sobre los graves retrocesos en derechos fundamentales derivados del nuevo dictamen de reforma a la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión», subraya el también comisionado presidente para América Latina y el Caribe de la Comisión Iberoamericana de Derechos Humanos para el Desarrollo de las Américas (CIDHPDA).
De acuerdo con referencias de ese organismo, aunque en dicha legislación se elimina el artículo 109 que permitía el bloqueo de plataformas digitales, sin embargo mantiene disposiciones preocupantes como la legalización de prácticas de vigilancia sin control judicial, el acceso a datos personales y la geolocalización en tiempo real por parte de autoridades como la Guardia Nacional y la Sedena, «sin salvaguardas adecuadas ni mecanismos efectivos de rendición de cuentas».
Además -añade la CIDHPDA-, se establece el uso obligatorio de la CURP para activar líneas telefónicas, lo que representa una amenaza seria a la privacidad de los usuarios. «El artículo 19 también señala que dicha reforma omite por completo un enfoque intercultural, dejando fuera los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.
«LEY DE CENSURA» EN PUEBLA
Por otra parte, dicha Comisión resaltó: «No podemos dejar de mencionar la polémica que desató hace unos días la aprobación de la Ley de Ciberseguridad en Puebla, nombrada ‘Ley Censura’ por sus críticos. Esta legislación tipifica como delitos digitales el ciberasedio, usurpación de identidad, espionaje digital, Grooming y fraude electrónico, con sanciones de hasta tres años de prisión y multas de 40 mil pesos».
«El artículo 480, en particular, define el ciberasedio de forma ambigua, incluyendo acciones como ‘insultar, injuriar u ofender’, lo que ha generado preocupación entre organizaciones de derechos humanos y periodistas», alerta la CIDHPDA.
Indica que críticos como Artículo 19 y la Red de Periodistas advierten que la poca claridad en la redacción puede facilitar el uso de la ley para perseguir opiniones críticas o comentarios legítimos en redes sociales, al no establecer salvaguardas adecuadas, por lo que podía interpretarse como una forma de autoprotección del gobierno frente a la crítica pública.
«Esta semana es crucial en el Congreso de Puebla, que deberá decidir si deroga o modifica el artículo 480», señala la Comisión al hacer un llamado a los legisladores para que reflexionen sobre el peligro que implica dejar este artículo tal como está. «La redacción de la ley debe dejar en claro que se está protegiendo a la población vulnerable».
Por otra parte, de modo general exhortó al Senado, a la Cámara de Diputados, al Ejecutivo federal y al Ejecutivo de los estados a ser más diligentes y responsables en la redacción y aprobación de las leyes, a fin de que ninguna disposición represente un riesgo para las personas ni erosione los principios del Estado de derecho.